Rige el cierre de fronteras para el tránsito aéreo, terrestre y marítimo

El Gobierno nacional resolvió ampliar el cierre de fronteras que regía desde el 16 de marzo último “a las personas residentes en el país, y a los argentinos y las argentinas con residencia en el exterior”, a través de la totalidad de los pasos internacionales, puertos, aeropuertos y centros de frontera, en el marco de las medidas adoptadas para frenar el avance del coronavirus.

Así lo establece el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 313/2020 que se publica hoy en el Boletín Oficial con la firma del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y la totalidad de los ministros.