El caso del policía de Moreno que mató a un motochorro: ¿Actuó en legítima defensa?

Eco Medios consultó a dos abogados penalistas y un especialista en defensa y seguridad. Para los abogados, lo que se pone en discusión es el alcance del artículo 34 del Código Penal.

Hugo López Carribero, abogado penalista y especialista en criminología coincide “El policía fue agredido ilegítimamente, porque él venia circulando sin molestar a nadie, y al entender, en el escenario del echo interpretó que el delincuente tenia un arma de fuego, aunque con posterioridad se comprobó que no era un arma de fuego, pero al esgrimirla como tal y amenazarlo de muerte a él y a la novia, el policía tuvo fundamentos suficientes para entender  que se lo estaba amenazando con un arma de fuego”

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El abogado penalista Fernando Soto planteó su mirada. “El policía en ese momento sintió un temor lógico de que lo maten a él y a su novia y, aunque al ver el video pareciera que ese temor estaría conjurado -porque el ladrón ya se había subido a la moto-, no es así. Primero porque el hecho se está cometiendo y el peligro no había terminado.”

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Por otra parte, Ricardo Runza, especialista en seguridad, afirmó: “Hay un protocolo de acción policial y ese protocolo se tiene que respetar, no podría decir que no se extralimitó”. Respecto a la inseguridad en el conurbano, criticó la “falta de capacidad del estado para prevenir, responder y mitigar esta situación”.

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