Andrés Gil Domínguez sobre Vicentin: “No es expropiación, es una ocupación temporaria”

El abogado constitucionalista, Andrés Gil Domínguez, dialogó con Sara Di Tomaso, en “Tercer tiempo”, y diferenció lo que es un proceso de expropiación de la ocupación temporaria.

La ley que regula los procesos de expropiaciones, es un decreto de ley que está desde 1977, dispuesto por el dictador Jorge Rafael Videala, por lo que es “una deuda de la tantas deudas de la democracia” desde 1983.

En este sentido, Gil Domínguez, manifestó que “el Presidente ha hecho más de lo que le exige la ley, y ha hecho un decreto de necesidad y urgencia”, para explicar que en Vicentin no hay una situación de necesidad extrema para que el Gobierno intervenga a través de la ley nacional.

Sobre el proceso burocrático y la diferenciación entre expropiación y ocupación temporaria, explicó: “Una cosa es el proceso de expropiación, que debe enviarse al Congreso”, y agregó: “Lo que ha hecho el Presidente es intervenir por 60 días y desplazar al directorio en la conducción de la empresa que está concursada”.