La Justicia ordenó la intervención del Correo Argentino

La jueza Marta Cirulli decidió el desplazamiento total del órgano de administración hasta que concluya el proceso de salvataje de la sociedad comercial. El pedido lo habían hecho la fiscal Gabriela Boquin y el titular de la Procuración del Tesoro, Carlos Zannini.

En su dictamen, la representante del Ministerio Público había advertido que luego de más de 15 años de ordenado el salvataje de la sociedad comercial, se perpetraron actos de gravedad ligados al vaciamiento de la empresa, violando lo dispuesto en la ley de Concursos y Quiebras.

Boquin señaló en su momento que agravaron las circunstancias que motivaron la designación en septiembre del año pasado de un coadministrador actuante. En ese sentido, destacó que se ha registrado un aumento del pasivo postconcursal sobre cuyo monto real no hay certezas.

Entre otras irregularidades, la fiscal advirtió oportunamente que la concursada ha estirado de manera inadmisible y exasperante los plazos procesales con la consiguiente licuación del pasivo afectando no sólo al Estado Nacional sino a los restantes acreedores.

Además, en infracción a la ley de Concursos y Quiebras, celebró un contrato de locación de servicios y bienes con Sideco Americana y la compra del paquete accionario de la firma Neficor S.A. a Socma Americana S.A. sin obtener beneficio alguno. También el presunto vaciamiento progresivo de la empresa mediante pagos que están cuestionados y en investigación.

La magistrada precisó que la empresa de la familia Macri, además de responder parcialmente y “a cuenta gotas” lo requerido por el coadministrador judicial designado, no cuestionó la imputación de la fiscal Boquin sobre una deuda con la AFIP de 600 millones de pesos por impuesto a las Ganancias y a la Ganancia Mínima Presunta.

Asimismo, Cirulli destacó que “la aparición en el año 2019 de una deuda que dataría del año 2000, que no se conocía y sólo pudo comprobarse por la labor del coadministrador y el contador público que lo asiste, confirma que subsiste un enorme margen de duda respecto a la sinceridad del comportamiento de la concursada.”

Tampoco se cuenta con ningún indicio respecto de la presentación de declaraciones juradas correspondientes al Impuesto a las Ganancias y al Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, ni de los pagos a la AFIP en caso de haber correspondido.