Reapertura de cines: cómo es el protocolo

Desde este viernes podrán abrir sus puertas las salas que cumplan con las condiciones de seguridad sanitaria trabajadas por el Ministerio de Cultura porteño, en conjunto con la cámara de exhibidores. Funcionarán con un aforo del 30% y deberán asegurar la distancia social recomendada, entre otros detalles.

La Ciudad sigue acompañando la reactivación del sector cultural a través de distintos protocolos trabajados desde el Ministerio de Cultura de la Ciudad. A las actividades ya habilitadas se suma ahora la reapertura de las salas de cine luego de casi un año de permanecer cerradas lo que permitirá volver a disfrutar de ir a ver una película en una sala de forma segura tanto para los trabajadores como para los espectadores.

Conocé el protocolo

El protocolo se trabajó junto con la Cámara de Exhibidores y el Ministerio de Salud de la Ciudad. Y fue aprobado por Nación habilitando su regreso. Cabe destacar que el 70 por ciento de las salas de cine se concentran entre la provincia y la Ciudad de Buenos Aires. Por lo cual, esta habilitación es un gran paso para el sector.

Asimismo, en la Ciudad están habilitados los rodajes de ficciones para cine, televisión y plataformas audiovisuales desde octubre de 2020 lo que moviliza una gran industria.

La medida fue publicada este viernes en el Boletín Oficial y por eso, los cines que cumplan los requerimientos establecidos en el protocolo aprobado ya pueden volver a la actividad.

Sobre el protocolo

El protocolo está destinado a trabajadores y trabajadoras, proveedores y público asistente en general de todos aquellos establecimientos habilitados que cuenten con una o más salas de cine y cuya actividad principal sea la exhibición de films y videocintas calificadas por el INCAA.

Respecto al coeficiente de ocupación el aforo será de un máximo del 30% en relación a la capacidad máxima habilitada, siempre y cuando la sala cuente con renovaciones de 40 m3/h por persona, sin recirculaciones. Independientemente de ello, en ningún caso la cantidad de público podrá ser superior a 300 personas en simultáneo por sala.

La distancia entre butacas ocupadas deberá ser de 1,5 metros como mínimo. A tal fin se deberán configurar la cantidad de butacas libres que sean necesarias en todas las direcciones. Dentro de cada una de las salas de cine la ocupación de butacas contiguas por grupos de convivientes no podrán ser superiores a seis personas y estarán conformadas por butacas contiguas.

No se permitirá el ingreso de ningún asistente que tenga una temperatura igual o superior a 37,5° C al momento del control.

En cuanto a los horarios de las funciones, cada complejo y/o sala cinematográfica deberá establecer un cronograma, en función de su programación e instalaciones preexistentes, que minimice la congestión de público al ingreso y egreso de las funciones, así como también que contemple lapsos de tiempo suficientes para que el personal pueda llevar a cabo la adecuada limpieza y desinfección entre funciones.

En aquellos casos donde sea posible en función de las características arquitectónicas, y a fin de complementar y optimizar la ventilación de las salas, las puertas de las mismas (tanto de ingreso como de salida de emergencia) se mantendrán abiertas durante al menos 10 minutos entre función y función, o lo que determine cada Autoridad Jurisdiccional competente. Los lentes 3D serán limpiados y desinfectados por el personal de los cines después de cada uso, y se permitirá el servicio gastronómico y de Candy Bar, el cual deberá adecuar su funcionamiento a lo establecido en los protocolos aprobados para el desarrollo de su actividad.

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