La Corte Suprema falló a favor de La Pampa.

El máximo tribunal le ordenó devolver al Estado Nacional fondos coparticipables a la provincia de La Pampa. En el 2015 había favorecido a las provincias de Santa Fe, Córdoba y San Luis.

La Corte Suprema  fijo 120 días para que las partes se pongan de acuerdo en los plazos para el reintegro de los fondos.

En la causa “La Pampa, Provincia de c/ Estado Nacional (Poder Ejecutivo – Ministerio de Economía de la Nación) s/ acción de inconstitucionalidad” la Corte declaró inconstitucional un decreto del Poder Ejecutivo que autorizaba al Estado a detraer unilateralmente un porcentaje de los fondos coparticipables que correspondían a la provincia, en miras a reordenar y dotar de financiamiento a la AFIP.

El máximo tribunal, consideró que el Poder Ejecutivo no podía unilateralmente modificar un régimen que según exige la Constitución Nacional (art. 75 inc. ) debe ser acordado por todas las provincias y el Estado nacional (como lo es la ley de coparticipación federal de la Ley 23.548 y del Acuerdo Federal del 12 de agosto de 1992).